18/07/2022
Gestión de ayudas a la rehabilitación energética
En la imagen Chus Barroso, Directora General de Quilosa con el Presidente del COAATM Jesús Paños Arroyo
Gracias a nuestro acuerdo con el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Madrid, podremos ofrecer acompañamiento a nuestros clientes durante el proceso de tramitación de las subvenciones procedentes de los fondos Next Generation. Quilosa cuenta desde el mes pasado, con un espacio en la nueva Oficina de Gestión de Ayudas a la Rehabilitación Energética donde estaremos informando de nuestras soluciones dedicadas a la eficiencia energética para todas las áreas del edificio.
Es un hecho que el parque de viviendas en España está obsoleto y que tenemos la necesidad de rehabilitar 1.200.000 viviendas en 10 años.
Las viviendas son grandes depredadores de energía. Si queremos hablar de emisiones y consumo energético, tenemos que mirar al parque de viviendas ya que prácticamente el 40% de las emisiones que se producen provienen de nuestra edificación y el 35% del consumo, con lo cual hay una necesidad clara de rehabilitar.
En Quilosa entendemos que el impacto de los fondos Europeos en el sector va a ser muy alto. Si miramos a nuestro alrededor, en Italia, que empezaron en 2021 con el Bonus 110, se han multiplicado prácticamente por 5 los m² que se están rehabilitando a través de soluciones de aislamiento térmico por el exterior.
Según datos de ANFAPA, en 2021 se ejecutaron en torno a 4.200.000 m² de SATE en España frente a 18 millones en Italia o 7 millones de Portugal con lo cual está claro que hay camino.
Si nos centramos en la Comunidad de Madrid, la actual convocatoria de ayudas puesta en marcha por la Comunidad de Madrid tiene como objetivo mejorar la eficiencia energética de todo el parque edificado residencial de aquí a noviembre de 2023. Se debe conseguir un objetivo de 22.411 viviendas rehabilitadas con criterios de eficiencia energética. El colegio de aparejadores de Madrid ha hecho y está haciendo un magnífico trabajo para la constitución de su oficina de rehabilitación que junto con los agentes rehabilitadoras y las marcas involucradas como Quilosa, tendrá un papel fundamental en el apoyo colaboración y tramitación de las distintas solicitudes de ayudas que sin duda contribuirán al éxito de estas convocatorias.
Pero, ¿Qué son los fondos Next-Generation?
Los fondos Next-Generation son subvenciones en materia de rehabilitación residencial en la Comunidad de Madrid. Corresponden a tres programas:
- Programa 3 – Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio
- Programa 4 – Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas
- Programa 5 – Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación
Dichas ayudas son otorgadas por la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura. Previstas en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre por el que se regula el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next-Generation-EU.
Entrando en el detalle de los 3 programas:
Programa 3. Rehabilitación a nivel de edificio. Está dotado con 44 millones de euros. Las ayudas, en este caso, están condicionadas a la reducción de al menos un 30% del consumo de energía primaria no renovable o a una reducción de entre un 25-35% de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración según zonas climáticas. Si se cumplen los requisitos de eficiencia energética, se podrán obtener ayudas además para mejora de la accesibilidad, conservación, utilización y digitalización del edificio, según María José Piccio-Marchetti. La solicitud de ayudas debe contar con la mayoría simple de la Comunidad de Propietarios. La cuantía de las subvenciones oscilará entre un 40 y un 80% del coste de la intervención, con un máximo de entre 6.300 y 18.800 euros por vivienda. Hay previstas también condiciones excepcionales que pueden llegar al 100% de la ayuda en situaciones de vulnerabilidad económica. La Comunidad de Madrid ofrece anticipos del 50% de las ayudas con la concesión de la licencia de obra o con la presentación de la declaración responsable. El plazo de ejecución de las obras en este programa es de 26 meses o de 28 en los edificios de más de 40 viviendas. Estas ayudas son compatibles con el programa 4, referido a actuaciones de mejora de eficiencia en viviendas.
Programa 4. Actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas. Cuenta este fondo con 8 millones de euros de ayudas. Se subvencionarán las obras que contribuyan a reducir la demanda de calefacción y refrigeración un 7% o que conduzcan a una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30%. También gozarán de ayuda la modificación o sustitución de elementos constructivos de la envolvente térmica en determinados supuestos. La subvención puede llegar a un 40% del coste de la actuación, con un máximo de 3.000 euros. La inversión mínima requerida es de 1.000 euros. El plazo de ejecución de las obras es de 12 meses.
Programa 5. Elaboración del Libro del Edificio Existente. La dotación es de 6 millones de euros. Este documento será un instrumento clave para la rehabilitación de inmuebles. Según el tamaño y la tipología de los edificios, hay una cuantía de ayudas establecida, de la que se puede obtener un 50% de anticipo tras la concesión.
La directora general de Vivienda y Rehabilitación de la Comunidad de Madrid indicó durante la presentación del programa que existen otras líneas de actuación paralelas, como es el caso del Programa 1. Actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, dotado con 90 millones de euros, y el Programa 6. Construcción de vivienda en alquiler social, que contará con 70 millones de euros en 2022 y otros 70 millones en 2023.
¿A quién están destinada estas ayudas?
Lo cierto es, que existen distintos perfiles que se pueden beneficiar de estas ayudas. A continuación, veremos cómo están clasificados:
- Propietario o usufructuario (persona física o jurídica) de vivienda unifamiliar aislada o agrupada en fila o edificios de tipología residencial colectiva (Programas 3, 4 y 5)
- Arrendatario de vivienda (Programa 4)
- Comunidad de Propietarios o Agrupación de Comunidades de Propietarios (artículo 5 de Ley 49/1960) (Programas 3 y 5)
- Propietarios Agrupados (artículo 396 Código Civil). (Programas 3 y 5)
- Empresa explotadora, arrendataria o concesionaria de edificio (Programa 3)
- Sociedades cooperativas (artículo 396 Código Civil). (Programas 3 y 5)
Además, cada beneficiario puede ceder el cobro de las subvenciones a un agente o gestor de la rehabilitación mediante la firma del acuerdo correspondiente.
¿Estás interesado en solicitar estas ayudas?
Sin duda, la gestión de ayudas a la rehabilitación energética puede hacer posibles una gran cantidad de proyectos. Por ello, si después de saber un poco más acerca de las subvenciones procedentes de los fondos Next Generation te gustaría solicitarlas, ponte en contacto con nosotros y te ayudaremos a tramitarlas.
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